Ayer publicamos un artículo en nuestra web en el que explicamos los cambios legislativos que tuvieron lugar en las últimas horas y cómo afectaban a los deportes de montaña en las fases 1 y 2 de la desescalada.

Esta mañana hablamos con el licenciado en derecho, especialista en derecho de montaña y montañero Íñigo Ayllón para que nos aclarara algunas de las dudas que se nos planteaban. Esta es la conversación que hemos matenido con el.
Os aconsejamos ver también las entrevistas que tuvimos con los médicos Fernando Simón y Santiago Muñoz sobre las precauciones que debemos tomar al practicar deportes de montaña y escalada.
Esta es la tabla que publicamos en nuestro artículo de ayer que sintetiza la interpretación que hemos hecho, con la ayuda especialistas en derecho de montaña como Íñigo Ayllón.

Hola, alguien podría resolverme esta duda, por favor.
Las personas con diversidad (discapacidad) y acompañante, no tienen franja horaria, ¿En la actividad deportiva en montaña, también sería así?.
Claro que listos que sois los señores de la federación es que los federados sois inmunes al virus ,como siempre aprovechais cualquier situación para trincar pasta pues lo siento estuve muchos años federado y sabéis para que sirve la federación pues para nada .
Será, "Por tanto no nos dejan salir al monte sin más, y porque si".
Yo también discrepo. Tanto en fase 1 como en fase 2, las franjas horarias y sus correspondientes excepciones (municipios de 10.000 habitantes, etc) se refieren a paseos y actividad deportiva en el ámbito municipal.
Para la actividad deportiva en el ámbito provincial hay que remitirse a la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, donde dice explícitamente que los deportistas federados pueden hacer deporte INDIVIDUAL a nivel PROVINCIAL en las franjas de 6:00 a 10:00 y de 20:00 a 23:00.
Este artículo no ha sido modificado ni eliminado en la fase 2.
Por tanto NO SE PUEDE salir al monte más tarde de las 10:00, a no ser que el monte esté en tu municipio.
Respecto a los no federados, entrarían en el ámbito de los paseos, que tiene un poco más restrictivo sus posibilidades.
Discrepo en varias cosas de lo que se dice en el vídeo, si pudieran aclararlas:
Al seguir vigente el artículo 4 apartado 3 del la orden Orden SND/380/2020, de 30 de abril no se puede utilizar el vehículo para ir a hacer deporte a la montaña, aunque hay amovilidad y si se pueda ir a un bar que esté en la montaña.
Tampoco estoy de acuerdo con que se puede hacer deporte en espacios al aire libre en las franjas horarias asignadas a mayores, ya que la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo dice literalmente "a excepción".
Da igual que pases por caja. Como tienes que llevar obligatoriamente en la mochila el horario de tu lugar de residencia, si este tiene más de 10.000 habitantes, no puedes subir a un pico de cualquier otro término municipal de la provincia si coincides en el tiempo con el horario de paseo de los mayores de 70 años en la localidad de origen. ¿A que es genial?
https://www.eldiariocantabria.es/articulo/cantabria/aficionados-deporte-podran-hacerlo-toda-cantabria-lunes/20200524170722076605.html
luego la gente no federada se caga en los muertos de los del CSD y les parecerá mal. Que hubieran espabilado y se hubieran hecho de la CASTA de los que pasan por caja para moverse por la provincia unos pocos días
Lo entiendo, lo entiendo, si saliendo de Huesca llegamos a la cima del Aneto, o del Perdido, o del Bisaurín, a las horas de paseo de los mayores de 70 años, la liamos parda. Podríamos ser responsables ser una debacle fatal. Pero gracias a las brillantes mentes que nos cuidan y protegen de nosotros mismos, eso no sucederá.